La introducción de Espacio de diálogo «Estrategias de cobertura periodística durante la protesta social» indica que, el Sistema Interamericano de DD.HH. reconoce en la «protesta» una relación estrecha entre los derechos: políticos, libertad de expresión, derecho de reunión y libertad de asociación; como parte de la democracia misma1. Está concebida como: […] una forma de acción individual o colectiva dirigida a expresar ideas, visiones o valores de disenso, oposición, denuncia o reivindicación. Como ejemplos pueden mencionarse la expresión de opiniones, visiones o perspectivas políticas, sociales o culturales; la vocalización de apoyo o crítica relativas a un grupo, partido o al propio gobierno; la reacción a una política o la denuncia de un problema público; la afirmación de la identidad o visibilización de la situación de discriminación y marginalización de un grupo2.
La Constitución de la República del Ecuador3, en el artículo 98, establece “[…] el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”, dentro de los cánones normativos4. En estos espacios: se prohíbe la tortura y malos tratos5; se aplica el uso de la fuerza bajo los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad6; se brinda garantías en caso de detención7; se condena la criminalización8; entre otros elementos.
En estos contextos, la labor de los periodistas es “[…] importante para facilitar información […]”9, por lo que se debe garantizar su ejercicio periodístico y salvaguardar su integridad; y, es que… [l]a protección del derecho a la libertad de expresión exige que las autoridades aseguren las condiciones necesarias para que los y las periodistas puedan cubrir hechos de notorio interés público como los referidos a las protestas sociales. Las restricciones desproporcionadas en el acceso al lugar de los hechos, las detenciones y la imputación de cargos por el cumplimiento de las labores profesionales de los y las reporteras vulnera el derecho a la libertad de expresión10.
En Ecuador, durante protestas sociales, varios periodistas fueron agredidos por la fuerza pública, manifestantes, ciudadanos y otros. Por mencionar algunos datos en coyunturas de este tipo, se registran: en octubre de 2019, 183 agresiones11; y, en junio de 2022, 114 agresiones12.
Con estos antecedentes, y en el marco de las atribuciones del Consejo de Comunicación en la protección a trabajadores de la comunicación13, la Dirección Técnica de Promoción del Conocimiento presentó el espacio de diálogo: “Estrategias de cobertura periodística durante la protesta social”. Un evento que contó con un panel de especialistas y periodistas para motivar un debate propositivo que coadyuve al ejercicio de la libertad de expresión.
Al evento se registraron 100 asistentes en vivo y un alcance de 935. Al finalizar, tras llenar el formulario, se entregará un certificado de participación.
- 1 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2019). Protesta y Derechos Humanos Estándares sobre los derechos involucrados en la protesta social y las obligaciones que deben guiar la respuesta estatal. OEA/Ser.L/V/IICIDH/RELE/INF.22/19. Septiembre, 2019, párr. 17. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/publicaciones/ProtestayDerechosHumanos.pdf
- 2 Ibídem, párr. 1.
- 3 Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449 del 20 de octubre de 2008. https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/old/constitucion_de_bolsillo.pdf
- 4 Fiscalía General del Estado. (2014). Protesta social. Análisis constitucional y jurídico. https://www.fiscalia.gob.ec/images/NuestrasPublicaciones/Protesta-social-SE.pdf
- 5 Declaración Universal de Derechos Humanos de diciembre de 1984. Art. 5. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-ofhuman-rights
- 6 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2019). Protesta y Derechos Humanos Estándares sobre los derechos involucrados en la protesta social y las obligaciones que deben guiar la respuesta estatal. OEA/Ser.L/V/IICIDH/RELE/INF.22/19. Septiembre, 2019. Párr. 102. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/publicaciones/ProtestayDerechosHumanos.pdf
- 7 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966. Art. 9. https://www.ohchr.org/es/instrumentsmechanisms/instruments/international-covenant-civil-and-political-rights
- 8 Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH]. (2015). Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 49/15. 31 diciembre 2015. https://www.refworld.org.es/pdfid/59022d324.pdf
- 9 Naciones Unidas. (2014). Protesta Social y Derechos Humanos: Estándares Internacionales y Nacionales. III. Los defensores de los derechos humanos y el derecho a la protesta: intervenciones y posiciones de la Representante Especial, H. Las protestas relacionadas con los derechos sobre la tierra y los recursos naturales, párr.65 https://acnudh.org/wp-content/uploads/2015/04/PROTESTA-SOCIAL.pdf
- 10 Relator Especial de las Naciones Unidas [ONU] para la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. (2013). Declaración conjunta sobre violencia contra periodistas y comunicadores en el marco de manifestaciones sociales. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=931&lID=2
- 11 Consejo de Comunicación. (2021). Informe sobre agresiones a periodistas: Protesta social, contexto de pandemia y proceso electoral. https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec/handle/CONSEJO_REP/1292
- 12 Fundamedios. (2022). Durante las protestas de junio hubo 242 agredidos. https://www.fundamedios.org.ec/alertas/durante-las-protestasde-junio-hubo-242-agredidos/
- 13 Ley Orgánica de Comunicación de 2013. Tercer Suplemento del Registro Oficial Nro. 22, 25 de junio de 2013. Última reforma: Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 188, 14 de noviembre de 2022. Párr. 42.1. https://www.registroficial.gob.ec/index.php/registro-oficialweb/publicaciones/suplementos/item/17642-segundo-suplemento-al-registro-oficial-no-188
Artículo o Ponencia | Autor | Palabras Clave |
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«Estrategias de cobertura periodística durante la protesta social» | Elaborado por la Dirección Técnica de Promoción del Conocimiento Ponentes invitados: • Nelson Reascos Docente principal de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, • Viviana Yanguma Coordinadora del área de protección de la Fundación para la Libertad de Prensa [FLIP], • Darwin Altamirano Gerente del medio de comunicación «Digital Noticias 24/7» | Libertad de expresión Protesta social Cobertura Periodismo Protección a trabajadores de la comunicación Protección para periodistas |